LOPD


No podrán usarse para finalidades incompatibles con aquellas para las que fueron recogidos.
Deberán ser exactos y puestos al día, respondiendo con veracidad a la situacion actual del afectado.
Si no son exactos o están incompletos deben ser cancelados o sustituidos por los correctos.
Serán cancelados cuando dejen de ser necesarios.
No podrán ser conservados (salvo en el caso en que se decida su mantenimiento por valores históricos, científicos o estadísticos) una vez que dejen de ser útiles para la función prevista, con excepción de la legislación específica prevista al efecto (Obligaciones fiscales, Seguros...).
Finalmente se establece la prohibición de recogida de datos por medios fraudulentos, desleales o ilícitos.

Derecho de información en la recogida de datos
Será requisito para la validez del consentimiento que de modo previo e inequívoco se informe al interesado:
- de la existencia de un fichero o tratamiento de datos
- de la finalidad del mismo
- de los destinatarios de la información
- del carácter obligatorio o facultativo de sus respuestas a las preguntas planteadas
- de las consecuencias de la obtención de los datos o de la negativa a suministrarlos
- de la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición
- de la identidad y dirección del responsable del fichero.
Cuando se utilicen cuestionarios u otros impresos para la recogida figurarán las advertencias señaladas en los puntos anteriores.

El consentimiento del afectado
Como regla general el tratamiento requerirá consentimiento inequívoco del afectado que se podrá otorgar en cualesquiera de las formas admisibles en Derecho. Podrá otorgarse tácitamente o de modo presunto, salvo para aquellos casos en que la Ley Orgánica prevea que el consentimiento haya de otorgarse expresamente.

Para que no exista vicio del consentimiento y por lo tanto sea válido se requiere que los datos no se recaben por medios fraudulentos, desleales o ilícitos.

El consentimiento podrá ser revocado en cualquier momento por causa justificada, pero no se le podrán atribuir efectos retroactivos a la revocación.

El consentimiento es obligatorio salvo que una ley disponga otra cosa, se trate de datos que se recojan en fuentes accesibles al público, siempre que los datos provengan de ficheros de titularidad privada, que se recojan para el ejercicio de las funciones propias de las Administraciones Públicas, o que se refieran a personas vinculadas por una relación negocial, laboral administrativa o un contrato o precontrato y sean necesarias para el mantenimiento de las relaciones o para el cumplimiento del mismo, o para proteger su interés vital.

Datos especialmente protegidos
De acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 16 de la Constitución, nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias. Cuando en relación con estos datos se proceda a recabar el consentimiento a que se refiere el apartado siguiente, se advertirá al interesado acerca de su derecho a no prestarlo.

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